¿Propiedad intelectual o censura a conveniencia?
En marzo entrará en vigor la nueva legislación en materia de propiedad intelectual, que para algunos no es la mejor solución.
En una interesante entrevista realizada al abogado Carlos Sánchez Almeida, él decía que: “La peor respuesta jurídica del webmaster, al inicio del procedimiento, sería la retirada voluntaria de contenidos, dado que la norma lo convierte en reconocimiento implícito de la vulneración. Esta previsión puede ser ilegal e inconstitucional, y en consecuencia mi recomendación es exigir la intervención judicial desde el primer momento. Estamos estudiando diferentes vías jurídicas, individuales y colectivas, para dar respuesta a este abuso de poder. Antes del 1 de marzo se conocerán todas”.
Parece que el Gobierno pretende poner coto al “tráfico” audivisual y literario a través de la reciente aprobación del Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual. Una legislación que a ojos de este abogado, perseguiría dos objetivos principales: el económico y el político. La propiedad intelectual podría ser una excusa para ejercer la censura a conveniencia: para el inquisidor siempre habrá un derecho de cita mal ejercido, una parodia incorrecta, un enlace discutible… todo para justificar el auto de fe que necesita el fanatismo del copyright estricto.
La ley y el reglamento hablan de “retirada de contenidos”, así como “suspensión del servicio” para cerrar una web sin mediar resolución judicial motivada. En principio, bastaría con retirar los contenidos, sin que fuese necesario el cierre de la web o el secuestro del dominio. Esta normativa parece estar pensada para intimidar. Además, “de conformidad con el artículo 20.2 del reglamento, la retirada voluntaria de contenidos supone un reconocimiento implícito de la vulneración de derechos de autor, que podría dar lugar a una demanda independiente”.
Solo el poder judicial, en casos de delito grave, puede ordenar la intervención de comunicaciones, inviolables por imperativo constitucional. Cualquier desviación administrativa en este sentido debe ser denunciada ante los tribunales.
Según Sánchez Almeida: “El cierre de Megaupload representa la desaparición de un gran depredador, que tenía la fea costumbre de almacenar todos los huevos en la misma cesta. La fuerza de la red, desde sus inicios, reside en su distribución descentralizada. El P2P es el futuro de la red, porque es consustancial a su arquitectura. Veremos cine por streaming de P2P, como vemos partidos de fútbol en directo. Habrá más y mejor tecnología, y antes o después habrá un gran pacto con los autores para garantizar el futuro de la creación cultural”.
En opinión de este abogado la persecución para intercambiar en la red conllevaría su destrucción. Sin embargo, la tarifa plana sería necesaria para acceder a contenidos culturales. “Su comodidad de uso los hace viables económicamente, y compatibles con el intercambio vía P2P”. El resto de la problemática de la propiedad intelectual, especialmente la remuneración de los creadores debería asumirse planteando que la cultura es un “common”, un bien colectivo como la sanidad o la educación, en riesgo de una mezquina privatización. Para garantizarla sería necesario que una parte de los beneficios de las operadoras de telecomunicaciones revirtiera en los autores, pero no debería haber un canon pagado mediante IRPF, sino una tasa especial -no repercutible a los usuarios- para las operadoras que más se han enriquecido con el mercado doméstico.
Los restantes problemas de la propiedad intelectual, y en especial la remuneración de los creadores, se tienen que plantear asumiendo que la cultura es un “common”, un bien colectivo como la sanidad o la educación, en riesgo de una mezquina privatización. Y para garantizar ese bien común, creo que hace falta que una parte de los beneficios de las operadoras de telecomunicaciones revierta en los autores. No estoy de acuerdo con un canon pagado mediante IRPF, sino con una tasa especial -no repercutible a los usuarios- para las operadoras que más se han enriquecido con el mercado doméstico.
Si ponemos límites y cortapisas al mundo de las ideas estamos haciendo un flaco favor a las futuras generaciones. La cultura es como el aire, no podemos ponerle barreras. Las ideas se nutren de otras ideas.
Como decía alguien en un comentario después de la entrevista a Sanchez Almeida “A mí me parece mal… Yo trabajo haciendo ascensores, una comunidad me a pagado 15.000 € por instalar un ascensor para 8 personas, pero claro, dentro del contrato pone que es para esa comunidad… ¿Por que cuando va el amigo de 5ºB no me paga por utilizar ese ascensor? Al fin y al cabo, ese ascensor lo pagó la comunidad para su uso, no para que el colega del 5ºB suba de gratis. Pues eso, que la “industria cultural” por llamarlo de alguna manera tiene mucho morro, yo aquí haciendo ascensores, y solo me pagan una vez y el los colegas / familiares de ese bloque suben gratis…”
Si se regula a golpe censurista escondido bajo el noble item de “los derechos de autor”el tema de la información, las ideas y la cultura ¿harán lo mismo con los ascensores, los parques, etc… ¿Acabaremos pagando por el aire? Da qué pensar ¿verdad?…
Mira este original vídeo explicativo de youtube sobre la Ley SOPA

